raya
General

EL TORMENTO DE LA “CLÁUSULA DE SUELO”

MÁS QUEJAS. La crisis ha puesto a los clientes de la banca española en pie de guerra. En los seis primeros meses de 2009, el número de quejas y reclamaciones contra bancos y entidades financieras ha aumentado un 81% con respecto a ese mismo semestre en 2008. Los usuarios protestan por la no concesión de préstamos, la demora en su estudio, el cambio de condiciones en fechas muy próximas a la firma del contrato, la necesidad de suscribir otro tipo de productos con la entidad para conseguir condiciones financieras más ventajosas o el establecimiento de topes a las bajadas mediante la inclusión de cláusulas suelo. Fruto de estas reclamaciones (6.152 escritos fueron presentados) los clientes han recuperado cerca de dos millones y medio de euros.

 
¿QUÉ ES LA CLÁUSULA DE SUELO? Antes era una práctica de algunas entidades, pero cada vez hay más instituciones financieras que negocian hipotecas con “cláusulas de suelo”. Esto impide que, pese a las bajadas de los tipos de interés (en este caso el euríbor), el signatario del préstamo se beneficie de los descensos. Los bancos establecen unos límites a esas bajadas. En la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) lo explican claramente: “tras aplicar el diferencial al índice de referencia que corresponde resulta un tipo de interés más bajo que el fijado en el contrato como tope, se aplica el tope”. Pudiera pensarse que las cláusulas son equitativas, es decir que el límite debería ser simétrico tanto al alza como a la baja. Esto no suele ocurrir.
 
¿QUÉ HACER? Desde la OCU aconsejan acudir a la entidad que le concedió la hipoteca para intentar negociar la no aplicación de la cláusula. “Si se niega y el perjuicio que sufre es elevado porque el tope de bajada sea muy alto (hay contratos con límites del 3,5% o incluso superiores), lo más práctico es cambiar el préstamo a otra institución realizando una subrogación en la que se elimine dicha cláusula”, añaden.
La organización de consumidores pone un ejemplo: con un préstamo con un capital pendiente de 150.000 euros, a un plazo pendiente de 20 años, revisable con euribor (1,664% en junio) más 0,5%, pero con un límite a la baja del 3,5% pagaría una cuota de 870 euros mensuales, mientras que por el mismo préstamo, sin límite, cancelaría 769.
Un dato adicional: si un tribunal declara que esa cláusula es abusiva, puede solicitar la devolución de los intereses cobrados en exceso por su aplicación.

raya
Deja tu comentario en la noticia
Usuario:
email:
 
 
Protección de datos
 
General

Economia Ecuador

Economia Ecuador
raya
General

EL TORMENTO DE LA “CLÁUSULA DE SUELO”

A la hora de firmar una hipoteca con el banco debe fijarse bien si incluye esta cláusula porque le impide beneficiarse de las bajadas del euríbor.
raya
Club Raiz
Copernal Publishing S-L. . Isaac Peral 2 , 2ª ;28015, Madrid (España). Tlf: +34 91 543 22 41 E-Mail: juancarlos@clubraiz.com Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 19 387, Folio 113, Sección 8ª, Hoja M-340011, con CIF B-83804146.